POR TANTOLa Sala Penal del Tr
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ, lo previsto por el art. 419 del CPP, en el contexto del art. 40 parág. I de la Ley 254, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista 01/2021 de 8 enero, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, disponiendo que esta misma instancia, de forma inmediata a la recepción de antecedentes, previo sorteo y sin espera de turno, pronuncie un nuevo Auto de Vista en conformidad a los razonamientos doctrinarios establecidos en la presente Resolución.
A efectos de Ley que correspondan, por Secretaría de Sala dese cumplimiento a lo señalado en el art. 420 del CPP y el art. 17.IV de la LOJ.
Regístrese, hágase saber y cúmplase.
FDO.
Magistrado Relator Dr. Edwin Aguayo Arando
Magistrado Dr. Olvis Eguez Oliva
Secretario de Sala Penal M.Sc. Rommel Palacios Guereca
