CONSIDERANDO I:ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Mediante memorial de demanda reconvencional de fs. 189 a 195 vta., Sonia Modesta Beltrán Jiménez formuló demanda de exclusión de heredero más pago de daños y perjuicios contra Jorge Emilio Santivañez Santivañez, quien una vez citado, por memorial de fs. 202 a 204 respondió en forma negativa; tramitada que fue la causa, en la que la Juez Público Civil y Comercial 11º de la ciudad de La Paz emitió la Sentencia N° 102/2021 de 02 de marzo de fs. 280 a 287 vta., declarando PROBADA la pretensión de exclusión de heredero e IMPROBADA la pretensión de daños y perjuicios.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Jorge Emilio Santivañez representado por Marco Antonio Villalobos Suviable mediante escrito cursante de fs. 300 a 303 vta., originó que la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz emita el Auto de Vista N° S-340/2021 de 24 de noviembre, saliente de fs. 333 a 334 vta., CONFIRMANDO la Sentencia N° 102/2021 de 02 de marzo.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Jorge Emilio Santivañez representado por Marco Antonio Villalobos Suviable según escrito cursante de fs. 337 a 341 vta.; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
