Auto Supremo AS/0255/2022-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0255/2022-RRC

Fecha: 21-Abr-2022

IV. FUNDAMENTOS DE LA SALA

En el caso presente, los recurrentes de manera concurrente y complementaria, plantean a través de sus recursos de casación las siguientes problemáticas:

Prohibición de Revalorizar prueba en apelación como defecto inserto en el art. 370,5) del Código de Procedimiento Penal, alegada en el primer motivo del recurso de casación por la Procuraduría Departamental de Tarija.

Valoración defectuosa de la prueba, vinculada a la fundamentación contradictoria descriptiva e intelectiva, en el segundo motivo del recurso de casación por la Procuraduría Departamental de Tarija, incurriendo en los defectos contenidos en los incs. 3 y 5) del art. 370 del Código de Procedimiento Penal.

Incorrecta y contradictoria fundamentación y motivación en la valoración intelectiva de la prueba, sobre los hechos y las conclusiones, como actividad procesal defectuosa, consignada en los arts. 169.3 y 370 incs. 1, 5 y 10) del Código de Procedimiento Penal, que coincidente y complementariamente fueron reclamadas por la Procuraduría Departamental de Tarija (segundo motivo), el Viceministerio de Transparencia (segundo motivo) y la Gobernación Departamentalnico motivo recursivo).

Por lo que, a esta Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional, le corresponde resolver las problemáticas traídas, cumpliendo las exigencias de pertinencia, coherencia, fundamentación y motivación.