Auto Supremo AS/0258/2022-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0258/2022-RRC

Fecha: 21-Abr-2022

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De acuerdo al Auto Supremo Nº 554/2021-RA de 16 de agosto, corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo.

El recurrente haciendo una relación de los antecedentes del proceso, refiere que el Auto de Vista carece de fundamento y no se adecua a la normativa siendo que al momento de establecer la improcedencia del recurso de apelación restringida señala de manera vaga y sin expresar las razones justas los argumentos de su determinación; lo cual, en criterio del recurrente constituye vulneración a su derecho al debido proceso en su vertiente de motivación y legalidad, debido a que las pretensiones respecto de que no se podría convalidar la Sentencia, no fueron atendidas por el Tribunal de Alzada.

Por otro lado, expresa que sobre la denuncia de errónea aplicación de la ley sustantiva, el Auto de Vista en ningún momento responde de manera fundamentada, cómo este reclamo no encontraría asidero legal porque lo único que hace es transcribir determinadas declaraciones, mas no explica como éstas hubieran acreditado la existencia del elemento constitutivo del delito de Abuso Sexual; de igual forma, expresa que, existió una manifiesta valoración defectuosa de la prueba, porque no se determinó elementos constitutivos de tipicidad que determinen que hubo dolo de parte del recurrente.

El Tribunal de alzada se limitaría a repetir los argumentos de la Sentencia y no realizaría una valoración de los reclamos planteados en su recurso de apelación restringida, sino que se limitó a realizar mención a algunas declaraciones, como la del imputado, aspecto que no podría ser considerado teniendo en cuenta que el imputado se acogió a su derecho al silencio; además de ello, no consideró que las declaraciones no resultaron uniformes, y por otro lado, no se tomó en cuenta que la víctima cambió sus declaraciones en diferentes oportunidades, no realizando en consecuencia una revisión de la prueba en su conjunto o de forma integral con relación a todas las pruebas incorporadas a juicio.

Finalmente, con relación al reclamo de la aplicación del elemento subjetivo “Dolo”, no observó que el mismo no fue acreditado en ningún momento; en consecuencia, por todos argumentos señalados refiere que el Auto de Vista nunca atendió los motivos que fueron expuestos en su recurso de apelación restringida.