POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la CPE y 42.1.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación, de fs. 146 a 148 vuelta.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
