I. ANTECEDENTES PROCESALES
Sentencia. -
Una vez tramitado el proceso por beneficios sociales iniciado por Karina Hinojosa Sanjinés y Roberto Bejarano Heredia, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social número uno, emitió la Sentencia de 14 de julio cursante de fs. 929 a 937 vta., declarando: Improbada la excepción perentoria de pago, opuestas por las apoderadas del representante legal de la Empresa AVM Construcciones Vargas Muños opuesta en el memorial de fs. 95 a 97, declarando Probada en Parte, la demanda de fs. 40 a 43., de obrados ordenando a la Empresa AVM Construcciones representada legalmente por Álvaro Gonzalo Vargas Muños, cancelar la suma de Bs. 11.062,49 a favor de Karina Hinojosa Sanjinés por los conceptos de indemnización, salarios devengados -por dos meses y medio- y aguinaldo, en la ejecución de sentencia, por el tiempo de servicios, 5 meses y la suma de Bs. 110,948,65 a favor de Roberto Bejarano Heredia por los conceptos de desahucio , indemnización, salarios devengados, aguinaldos y vacaciones en la ejecución de sentencia, por el tiempo de servicios de 1 año, 5 meses y 19 días.
Auto de Vista. -
El recurso de apelación interpuesto por la representante del demandado, el 11 de noviembre de 2021 de fs. 951 a 958, fue resuelto por la Sala Primera Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante el Auto de Vista Nº 115/2021 de 14 de julio, que confirma la Sentencia recurrida.
