Auto Supremo AS/0539/2022-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0539/2022-RRC

Fecha: 07-Jun-2022

III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De acuerdo al Auto Supremo Nº 028/2022-RA de 15 de febrero, corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo.

La entidad recurrente sostiene que en su recurso de apelación restringida denunció la existencia de errónea aplicación de la Ley sustantiva, la inexistencia de fundamentación en la Sentencia y defectuosa valoración de la prueba; posterior a ello realiza una síntesis sobre los argumentos del Auto de Vista, señalando la existencia de defectos absolutos por violación al debido proceso y la tutela judicial, ya que el Auto de Vista no contendría la debida fundamentación respecto a la existencia del defecto comprendido en el art. 370 inc. 5) del CPP, bajo esos antecedentes, señala que el Auto de Vista al momento de resolver dicho defecto, lo hizo con argumentos genéricos, evasivos, vagos e imprecisos que no generan respuesta a la denuncia impugnada, vulnerando el debido proceso siendo que el Tribunal de alzada incurrió en un grave error al señalar que la concurrencia y la procedencia del defecto, estaría referida a una ausencia total de fundamentación que en criterio de la Vocal relatora constituiría la finalidad de este tipo de defecto, razonamiento u afirmación que generaría la incertidumbre de cuál el límite de la fundamentación; por lo que, resultaría irracional afirmar que se deba demostrar la total ausencia de fundamentación a momento de denunciar el defecto comprendido en el art. 370 inc. 5) del CPP, más aún si la sola ausencia de fundamentación traducida en la insuficiencia, harían que la Sentencia no alcance una justificación en la decisión; por esos argumentos el recurrente afirma que el Auto de Vista al momento de resolver la denuncia lo realizó en infracción del art. 124 del CPP, al no contender la debida fundamentación al rechazar dicha pretensión.