III. MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
De la lectura de los ya referidos recursos de casación, la Sala identificó los siguientes motivos:
III.1 Recurso de Casación de Mario Choque Ramírez
Luego de brindar referencias sobre datos generales del proceso, solicitó, “previa consideración de los precedentes que nunca fueron valorados u fáticamente fueron demostrados con prueba material, se considere que la Sentencia, debe ser calificada como fraude procesal y atentado a la economía procesal, perpetrado por los demandantes que fraguaron todos los documentos…en incluso comprometieron la oficina de derechos reales, y se considere la presente recurrencia en razón de la vulneración de los derechos fundamentales, que fracturaron en la sustanciación del juicio oral…” (sic)
III.2 Recurso de casación de Ricardo Moisés Ticacala Cahuana
Considera que el Auto Supremo 098/2013-RRC de 15 de abril, invocado en el AV 147/2019, no podía ser aplicado por cuanto carecía de efecto vinculante al caso concreto; a la par, la aplicación del art. 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) no especificó a cuál de sus numerales se hubiera hecho referencia, lo que -además- en palabras del recurso, demostraría “una contradicción en el art. 3 de la Ley 25 en los incs. 3), 4), 6), 12) y 13)” [sic].
En lo demás, citando jurisprudencia ordinaria y constitucional, así como, cuestionar un supuesto de quebrantamiento al art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP) por parte del Fallo recurrido en casación, solicitó: “se emita un nuevo auto de vista para que se pronuncie una nueva resolución de acuerdo con la doctrina legal establecida” (sic)
