IV. FUNDAMENTOS DE LA SALA
En el presente caso, denuncian los recurrentes que el Tribunal de alzada incumplió con la previsión contenida en el art. 411 del CPP, al no señalar día y hora de audiencia de fundamentación de su defensa, soslayando a propósito esta actuación pese a haber presentado una serie de pruebas contundentes; en cuyo mérito, comprende resolver la problemática planteada.
