III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente refiere haber denunciado en su recurso de apelación restringida la existencia de defectos absolutos relacionados con la conversión de acciones, el delito por el que se tramitó en proceso y la errónea valoración de la prueba; al efecto, haciendo consideraciones doctrinarias respecto a la valoración probatoria, acusa que el Tribunal de alzada contradijo las líneas jurisprudenciales referidas a la fundamentación y motivación respecto a que la sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados, la defectuosa valoración de la prueba y la errónea aplicación de la ley sustantiva, debido a que en su recurso de apelación restringida estableció que no participó en el hecho y prueba de ello es la inexistencia de prueba plena para describir su participación, que existió errónea aplicación del art. 312 así como la agravante del art. 310 ambos del CP y contradicción en las afirmaciones de las pruebas de cargo, planteamientos que no fueron valorados exhaustivamente vulnerando lo establecido en el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y el art. 115.II de la Constitución Política de Estado (CPE) referido al derecho al debido proceso.
Sobre el punto invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 169 de 5 de abril de 2008, 284 de 13 de mayo de 2004, 329 de 28 de mayo de 2004, 53/2012 de 22 de marzo, 223/2007 de 28 de marzo, 236/2007 de 7 de marzo, 82/2005 de 30 de enero, 067/2006 de 27 de enero, 444/2005 de 15 de octubre, 654/2004 de 25 de octubre y 344/2002 de 17 de septiembre, así como las Sentencias Constitucionales (SC) 1523/2004, 537/2004, 682/2004 y 1075/2003-R de 24 de julio.
