III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente refiriéndose a cuestiones de la Sentencia y al no haber sido demostrada su conducta agresiva por el Ministerio Público, manifiesta que en su recurso de apelación restringida denunció que el Tribunal de Sentencia no realizó una correcta valoración de los elementos que configuran al delito de Feminicidio, siendo que ninguna prueba judicializada determinó que hubo intención de quitar la vida a la víctima, sin considerar lo establecido en los arts. 115 y 116 de la Constitución Política del Estado (CPE), 370 núm. 1), 2) y 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 20, 37, 38 y 40 del CP, desarrollando al efecto lo concerniente al derecho a la presunción de inocencia y la defensa.
Sobre el punto invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 372 de 22 de junio de 2004, 322 de 28 de agosto de 2006 y 432 de 11 de octubre de 2006.
