III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
La recurrente transcribiendo los fundamentos de la Sentencia y manifestando haber denunciado en su recurso de apelación restringida la ausencia de fundamentación de la Sentencia y correcta valoración de la prueba, acusó la insuficiente fundamentación del Auto de Vista impugnado debido a que, el Tribunal de alzada se limitó a manifestar que el Juzgado de Sentencia habría cumplido con las exigencias establecidas en el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que no es evidente la falta de motivación vinculada al valor de las pruebas y que si bien no es ampulosa la resolución resulta comprensible; cuando, contrariamente la Sentencia vulneró el derecho al debido proceso en su vertiente fundamentación por inobservancia del artículo precedentemente citado; concluye, manifestando que el Tribunal de alzada expresó una Sentencia motivada, cuando ni siquiera contendría una mención del planteamiento efectuado por el acusador público y particular, lo que demuestra que se dio una aplicación diferente a lo determinado en el art. 124 del CPP, en cuanto a la motivación de las resoluciones, constituyéndose en defecto absoluto según lo determinado en el art. 169 núm. 3) de la normativa procesal antes citada.
Sobre el punto, invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 724 de 26 de noviembre de 2004 y 65/2012 de 19 de abril.
