AS/0915/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0915/2022-RA

Fecha: 29-Jul-2022

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente manifiesta que el Auto de Vista no cumple con el art. 124 procesal penal y 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE), con lo que conforme a los arts. 416, 417, 418, 419 y 420 del Código de Procedimiento Penal (CPP) así como en los precedentes de Autos Supremos y jurisprudencias del Tribunal Constitucional en el presente caso existiría contradicción en la resolución de sentencia y el Auto de Vista, forzando su improcedencia y ratificando la sentencia condenatoria, siendo que el principal hecho no fue juzgado aún para establecer si el hecho fue robo, o sustracción simulada, es decir no se ha estableció el presunto robo, pero dan por hecho la receptación siendo que el robo no estaría acreditado, existiendo errónea aplicación del art. 13 y 14 en relación a los arts. 20, 332, 331, 326 en relación al art. 172 del CP, invoca el art. 17 de la Ley 025 en relación al art. 169 inc. 3) del CPP, en relación a los arts. 116.I-II, 115-II CPE, arts. 6, 7, 173y 124 del CPP en relación a los defectos absolutos en la tramitación del juicio oral, errónea aplicación de la norma sustantiva y procesal penal al no haber evidenciado con prueba idónea su participación en supuesta receptación de un vehículo motorizado ajeno ni resolver la sentencia en el Auto de Vista en forma correcta y fundamentada, coherente y motivada la prescripción de la acción penal con la debida motivación y congruencia de acuerdo a los datos del cuaderno procesal en el juicio oral y ante su rechazo además del art. 411, 412 y 413 CPP fundamentados en su apelación restringida que no fueron resueltos punto por punto. Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 255/2009 de 23 de abril, 96/2020 y las Sentencias Constitucionales 1075/2003 de 24 de julio, 103/2004.