II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia N° 65/2019 de 31 de diciembre, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, declaró a Maryuri Yurimar Ortelano Ceballos, absuelta por el delito de Trata de Personas, tipificado y sancionado por el art. 281 bis. núm. 6) y 13) del CP, considerando eran presentes los supuestos descritos en el art. 363 núm. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP).
II.2. Impugnaciones
Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público interpuso recurso de apelación restringida, resuelto por el Auto de Vista de 02 de diciembre de 2020, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, Fallo que fue dejado sin efecto por Auto Supremo 994/2021-RRC de 9 de noviembre, motivando la emisión de la Resolución ahora recurrida en casación que declaró procedente el citado medio de impugnación, anulando la sentencia apelada, con reposición del juicio por otro Tribunal.
Consta también solicitud de explicación complementación y enmienda sobre el AV 19/2022, que motivó la emisión de la providencia de 20 de mayo de 2022.
