II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 6/2020 de 22 de septiembre (fs. 771 a 781 vta), el Tribunal de Sentencia Penal Primero, Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia de Partido de Trabajo y Seguridad Social y Sentencia Penal de Uncía del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Jaime Leonardo Arano Sainz autor de la comisión del delito de Violación de Infante, Niño, Niña y Adolescente y Adolescente, previsto y sancionado por los arts. 308 bis con relación al 310 inc. g) del CP, imponiendo la sanción de 30 años de presidio, con costas y pago de responsabilidad civil en favor del Estado en conformidad a lo previsto por el art. 266 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Jaime Leonardo Arano Sainz formuló recurso de apelación (fs. 782 a 789 vta) resuelto por el Auto de Vista 22/22 de 15 de marzo de 2022, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
