I. ANTECEDENTES DEL PROCESO.
Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones.
Iniciado el trámite de cotización de compensaciones, la Comisión Nacional de Prestaciones (CNP) del SENASIR por Resolución Nº 88 de 6 de enero de 2020 de fs. 54, OTORGÓ a favor de Oswaldo Quispe Tarqui, el Certificado de compensación de cotizaciones por un monto de Bs. 465,23.- (Cuatrocientos Sesenta y Cinco 23/100 Bolivianos).
Resolución de la Comisión de Reclamación
Formulado el recurso de reclamación a fs. 59 a 58 por Oswaldo Quispe Tarqui, la Comisión de Reclamación del SENASIR mediante Resolución Nº 104/2021 de 5 de mayo de 2021 de fs. 97 a 90, CONFIRMÓ la Resolución Nº 88 de 6 de enero de 2020 de fs. 54 emitida por la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto, por encontrarse de acuerdo a los datos del expediente y normativa vigente.
Auto de Vista.
Contra la Resolución de la Comisión de Reclamación Nº 104/2020 de 5 de mayo de fs. 97 a 90, Oswaldo Quispe Tarqui, interpuso recurso de apelación de fs. 109 a 107, que fue resuelto por la Sala Social y Administrativa Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 29/2022 de 27 de enero, de fs. 120 a 118, que REVOCÓ la Resolución Nº 104/2021 de 5 de mayo del 2021; por consiguiente, dejó sin efecto la Resolución Nº 88 de 6 de enero de 2020 de fs. 54; disponiendo que la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto del SENASIR otorgue Certificación de Compensación de Cotizaciones por procedimiento manual a favor del interesado por el tiempo real y efectivo aportado por los servicios prestados activamente, en observancia a las consideraciones de la resolución emitida.
