POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, CASA en parte el Auto de Vista N° 14 de 24 de febrero de 2022, emitido por la Sala en Materia Social, Administrativa, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, de fs. 138 a 142. Sin costas y sin multa por ser excusable.
En consecuencia, se dispone que no corresponde el pago de vacación por los 7 meses y 10 días demandados; manteniendo firme la decisión asumida respecto al desahucio, indemnización, salario devengado y la multa del 30% conforme el DS N° 28699; determinándose la siguiente liquidación:
Tiempo de servicios: 6 años, 7 meses y 10 días (5 de marzo de 2012 a 15 de octubre de 2018)
Sueldo promedio indemnizable: Bs.4.439,94.-
Salario devengado …………….................…Bs6.659,90.-
Indemnización………………................………Bs29.352,93.-
Desahucio…………………………................….Bs13.319,82.-
Aguinaldo (Aguinaldo de 9 meses y 15 días) ………Bs3.514,90.-
Sub total.........................................….Bs52.847,55.-
Multa del 30%.........................................Bs15.854,26.-
TOTAL..................................................Bs68.701,81.- (Sesenta y ocho mil setecientos un 81/100 Bolivianos), que debe pagar la empresa CONSTRUMAX BOLIVIA SRL, representada por su apoderado George Omar Mohama Satt, a favor de la actora Candelaria Choque Palombo, más la actualización, prevista en el DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, a determinarse en ejecución de fallos.
Sin multa, por ser excusable.
Se regula el honorario profesional del abogado en Bs2.000.- (Dos mil 00/100 Bolivianos), que mandará a pagar el Juez de primera instancia.
Regístrese, comuníquese y cúmplase. -
