POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución contenida en el artículo 184 -1 de la CPE y el artículo 42-1-1 de la Ley del Órgano Judicial N° 025, en virtud de los fundamentos expuestos, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 226 a 230 interpuesto por José Guillermo Quevedo López representante de la Empresa Minera Industrial CHASKA SRL contra el Auto de Vista Nº 54/2022 de 14 de junio de fs. 219 a 224, emitido por la Sala Social Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, manteniéndolo firme y subsistente, con costas.
Se regula el honorario del abogado patrocinante en Bs. 2.000,00.- (Dos Mil Bolivianos 00/100) que mandará pagar el Juez de Primera Instancia.
Regístrese, Notifíquese y Devuélvase.
