I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia.
Planteada la demanda por pago de beneficios sociales, seguido por Marcela Mikaela Montaño Doria Medina y tramitado el proceso, el Juez Quinto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia N° 39/21 de 7 de junio de fs. 310 a 319, declarando PROBADA en parte, la demanda de fs. 50 a 52 ampliada de fs. 69 a 71, con costas, debiendo cancelar la Sociedad de Responsabilidad Limitada “COALSUD” SRL., a favor de la demandante la suma de Bs.102.317, 61 (Ciento dos mil trescientos diecisiete 61/100 Bolivianos), por desahucio, indemnización, aguinaldo, aguinaldo doble “Esfuerzo por Bolivia”, vacaciones, sueldo devengado, asignaciones familiares (prenatal, subsidio post natal), gastos médicos y multa de 30 %. Monto que será actualizado y reajustado en ejecución de fallos conforme establece el DS N° 28699.
Auto de vista.
Interpuesto el recurso de apelación por COALSUD SRL de fs. 327 a 330, la Sala Social, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dictó el Auto Vista N° 162/2022 de 24 de febrero de fs. 430 a 433; que REVOCÓ en parte la Sentencia N° 39/21 de 7 de junio de 2021, sin costas, modificando el monto de vacación de la ex trabajadora, ordenado a la parte empleadora cancele a su ex trabajadora la suma de Bs.102.117, 18 (Ciento dos mil ciento diecisiete 18/100 Bolivianos), por los conceptos de desahucio, indemnización, aguinaldo, segundo aguinaldo, vacación, sueldos devengados, subsidios prenatal y lactancia, gastos médicos y multa del 30%, más las actualizaciones de Ley.
Contra el Auto de Vista, la Sociedad demandada, interpuso recurso de casación; ante ello, el Tribunal de Alzada emitió Auto Interlocutorio N° 70 de 27 de junio de 2022 de fs. 462, concediendo el recurso.
