III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
La parte recurrente menciona que el Auto de Vista carece de base en la apreciación conjunta y armónica de toda la prueba esencial producida, puesto que restó el valor probatorio que el Tribunal en pleno le habría otorgado a la misma y con la cual se habría determinado la culpabilidad del acusado, por la comisión del delito de violación en grado de tentativa, beneficiando al acusado con ese fallo al revocar la Sentencia de primera instancia, modificando el tipo penal por la comisión del delito de abuso sexual condenándole a cumplir la pena de seis años de presidio. Hace mención al caso Espinoza Gonzales vs. Perú, en la sentencia del 20 de noviembre de 2014 y cita las Sentencias Constitucionales 727/2003 y 1075/2003.
