AS/1145/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1145/2022-RA

Fecha: 05-Sep-2022

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Hace referencia a que el Auto de Vista se aleja del debido proceso y realiza una notificación con unas supuestas observaciones vía watsapp a una ex funcionaria de la defensa pública y no así de manera personal al impetrante incumpliendo lo previsto en el art. 163 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

Refiere que el Auto de Vista vulnera su derecho al debido proceso, a ser escuchado, al principio de legalidad e in dubio pro reo, puesto que dicha instancia no resuelve de acuerdo a las denuncias planteadas en su recurso de apelación restringida.

Existió defectos absolutos insubsanables, siendo que la prueba aportada era insuficiente para generar la responsabilidad penal por el delito acusado; asimismo, refiere que en la introducción de la prueba existieron varios errores de procedimiento de la acusación fiscal que no fueron tomados en cuenta; también, señala que existió errónea aplicación de las reglas de la sana crítica.

Por los aspectos referidos menciona que se aplicó de manera errónea los arts. 6, 12, 13, 71, 171, 172, 173, 179, 217, 204, 333, 342 y 350 del CPP, debido a que la Sentencia ignoró y vulneró el principio de favorabilidad y duda razonable, los cuales serían aplicables de acuerdo al principio de presunción de inocencia, generando en consecuencia una indebida fundamentación al incurrir en el defecto previsto por el art. 370 inc. 5) del CPP.

Respecto de la temática planteada invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 593/2016-RRC de 10 de agosto, 342/2016 de 28 de agosto, 83/2015-RRC de 6 de febrero, 256/2006 de 26 de julio, 314/2006 y la Sentencia Constitucional 1369/01-R.