II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 14/20 de 17 febrero de 2020, en fs. 1084-1096, el Tribunal de Sentencia Doceavo de Santa Cruz de la Sierra, declaró a Lorenzo Salvatierra Algarañaz absuelto de culpa y pena de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, dando aplicación al supuesto contenido en el art. 363 núm. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP) al considerar la existencia de “duda razonable con relación a la punibilidad por no haberse acreditado…con elementos…sólidos…la responsabilidad del acusado” (sic)
II.2. Apelación restringida.
Con aquel resultado, los representantes del Consejo de la Magistratura, la Procuraduría General del Estado y SABSA, formularon recursos de apelación restringida, que puestos a conocimiento de la Sala Penal Primara del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, motivaron la emisión del Auto de Vista 44 de 16 de abril de 2021, que declaró la inadmisibilidad del recurso opuesto por los representantes del Consejo de la Magistratura, así como la admisibilidad e improcedencia de las demás acciones, a cuyo efecto la Sentencia de grado fue confirmada.
