III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente explica que, en el primer motivo de su recurso de apelación restringida reclamó la insuficiente fundamentación de la Sentencia (art. 370 núm. 5 del Código de Procedimiento Penal CPP), pues, según el reclamante, el Juez no estableció de manera separada los motivos por los cuales absolvió a cada uno de los imputados, tomando en cuenta que, cada acusado contaba con diferentes funciones a momento de cometer el delito; sin embargo, el Tribunal de alzada se limitó a señalar si la apelación se refiere a una falta de fundamentación descriptiva, analítica o intelectiva, sin emitir criterios en relación a la individualización de los acusados para su absolución, lo que, según explica, le genera incertidumbre jurídica. Bajo estos argumentos, el recurrente sostiene que el Auto de Vista no cuenta con una fundamentación adecuada, toda vez que no responde al agravio identificado, vulnerando la garantía al debido proceso vinculado a la fundamentación.
Cita los Autos Supremos (AS) 218/2014-RRC de 4 de junio, 065/2012-RA de 19 de abril e invoca en calidad de precedentes contradictorios los AS 297/2012-RRC de 20 de noviembre y 368/2012 de 5 de diciembre.
