AS/1214/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1214/2022-RA

Fecha: 26-Sep-2022

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

La parte recurrente denuncia que el Auto de Vista que impugna le causa agravios al debido proceso, porque no hizo un estudio prolijo del expediente y no se le permite defenderse; ya que, debido al nerviosismo en el que se encontraba, pese a que su abogado le explicó los alcances del procedimiento abreviado, firmó el acuerdo sin pensar que con eso aceptó una culpabilidad que no la tiene, que de haberse sometido a juicio oral pudo demostrar su absoluta inocencia, toda vez que su persona no vivía en el inmueble, sino la madre de su hija; lugar al que se apersonó a recoger a su hija porque su madre es una persona consumidora de sustancias controladas, habiéndola encontrado en estado inconveniente, motivo por la que no la detuvieron; circunstancias en las que para no perjudicar a su niña tuvo que callar; habiéndose basado su condena sólo por el hecho de haberse declarado apresuradamente culpable para someterse a procedimiento abreviado, sin darse cuenta del daño mayor y tener que dejar a su niña en total desamparo teniendo la custodia legal de ella y sin que haya cometido delito alguno y sin prueba objetiva que acredite el suministro de sustancias controladas y pruebe su culpabilidad.

Finalmente señala que en apelación restringida reclamó que la sentencia se basó única y exclusivamente en el convenio suscrito en un momento de nerviosismo y que las diligencias de policía judicial no demuestran si la sustancia controlada encontrada en el inmueble de su ex conviviente sea de su propiedad o que hubiera tenido conocimiento o que hubiera estado suministrando; los demás elementos probatorios se resumen a lo acusado por la FELCN con relación a la sustancia controlada, pero que de ninguna manera acreditan su responsabilidad en el hecho atribuido, al no existir consumidores o clientes a los que hubiere suministrado sustancia controlada.