POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 184-1 de la CPE y el art. 42-I-1 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 340 349, interpuesto por la Empresa IMPROCONS, representada por Enrique Saavedra Dorado a través de su apoderada Martha Morales de Ortega; contra el Auto de Vista N° 030/2023 de 2 de mayo, de fs. 330 a 335, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
Con costas, no se regula el honorario del profesional abogado de la parte demandante, por no haber contestado el recuro.
Regístrese, notifíquese y devuélvase. -
