AS/0495/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0495/2023

Fecha: 20-Oct-2023

I. ANTECEDENTES PROCESALES.

Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones.

Dentro el trámite de Compensación de Cotizaciones iniciado por Lourdes Paniagua; el ente gestor por Resolución N° 3600 de 27 de mayo de 2015. de fs. 41, reconoció la pretensión solicitada conforme consta el Formulario de Cálculo de Compensación de Cotizaciones Procedimiento Manual FORM-SIP-CC-M-001 Nº 49363 de fs. 41, que otorgó a la asegurada una Compensación de Cotizaciones Global de Bs907,89.- (Novecientos siete 89/100 Bolivianos); reconociendo una densidad de aportes de 19.58, de los periodos de agosto/1970 a octubre/1973, agosto/1974 a julio/1982 y enero/1989 a abril/1997; totalizando 19 años y 7 meses de aportes.

Resolución de la Comisión de Reclamación.

Promovido el recurso de reclamación conforme interpuso la solicitante, consta a fs. 44, la Comisión de Reclamación del SENASIR, mediante Resolución Nº 179/16 de 25 de abril de 2016, de fs. 81 a 78, CONFIRMÓ la Resolución Nº 3600 de 27 de mayo de 2015, por encontrarse de acuerdo a los datos del expediente y normativa.

Auto de Vista.

Contra esta determinación, Lourdes Paniagua, interpuso recurso de apelación de fs. 82, que fue resuelto por el Auto de Vista Nº 046/2023 de 20 de junio, fs. 104 a 101, emitido por la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que REVOCÓ la Resolución Nº 179/16 de 25 de abril de 2016 de fs. 81 a 78, determinando la notificación de Lourdes Paniagua, con el Decreto N° 423/15 de 17 de diciembre de 2015, emitido por la Comisión de Reclamación.