AS/0503/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0503/2023

Fecha: 20-Oct-2023

II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN y ADMISIÓN

En conocimiento del señalado Auto de Vista, el demandante Edgar Edduin Sossa, promovió por memorial de fs. 303 a 305, recurso de casación, exponiendo:

El Auto de Vista sin fundamento legal alguno, sin motivación, violando los derechos del trabajador, cercenó sus beneficios sociales, dejando sin efecto el pago de las horas extras, los feriados y domingos trabajados; no se consideró que el sueldo promedio es de Bs. 2884, conforme acreditó con la proforma del finiquito, las acta de la audiencias llevada a cabo ante el inspector del Trabajo, el acta de inspección judicial, el acta de confesión provocada del demandante, las declaraciones testificales de Marco Antonio Mercado, Adriana Castro Roda y Vianka Lia Cosme Siles, identificando los folios de estos actuados judiciales desglosando los argumentos que acreditan ese importe.

No identificó error de hecho o de derecho en estas pruebas, como tampoco alguna norma sustantiva o adjetiva infringida en el Auto de Vista.

Petitorio:

En mérito a la prueba desglosada, considera que se cercenó sus beneficios sociales, pidió se “REVOQUE” el Auto de Vista y se ordene el reajuste de la liquidación inicial de la Sentencia con el Salario de Bs. 2.884.

Contestación:

La representante de la empresa demandada, contestó el recurso de casación, indicando que el recurrente, argumentó que el Auto de Vista, carece de fundamentación, motivación y valoración de la prueba; sin embargo, el recurrente no consideró el principio de verdad material y la carga probatoria atribuida a la parte empleadora, que acreditó los hechos cuestionados, desglosando la prueba producida en el proceso; el actor no argumentó ni acreditó errores de hecho o de derecho en el Auto de Vista Impugnado, incumpliendo la técnica recursiva; por ello solicitó se declare IMPROCEDENTE el recurso.

Admisión:

Por Auto de 19 de julio de 2023, de fs. 324, este Tribunal admitió el recurso de casación, interpuesto por el demandante Edgar Edduin Sossa, contra el Auto de Vista de Vista Nº 1 de 7 de febrero de 2023, de fs. 292 a 298, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Coactiva Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que se pasa a resolver