POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el Art. 184-1 de la CPE y el Art. 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 169 a 174, interpuesto por Ricardo Mauricio Luque Alcoba, por intermedio de Cristian Jaime Maturana Mejía y Beatriz Melgar Vedia; en consecuencia, mantiene firme y subsistente el Auto de Vista N° 99 de 2 de junio de 2023, de fs. 162 a 166, emitido por la Sala Social, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz. Con costas.
Se regula el honorario profesional del abogado patrocinante en Bs 2.000, que mandará a pagar el Juez de primera instancia.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.-
