POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1 de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 71 a 73 vta., interpuesto por Rosario Fatima Quiroga Soto de Cuellar por sí y en representación de Juan Grobert Cuellar León, contra el Auto de Vista N° 291/2023 de 12 de septiembre, obrante de fs. 58 a 60, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
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