POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los arts. 44 in fine, 315 del CPP, declara FUNDADO el incidente de desistimiento a efectos de la extinción de la acción penal por la existencia de un acuerdo transaccional de carácter definitivo e irrevocable del delito de Alzamiento de Bienes o Falencia Civil, previsto y sancionado por el art. 344 del CP, opuesto por Jossey Esteban García Rojas en representación legal de Jocimar Aparecido de Olivera; en consecuencia, dispone el archivo de obrados, debiendo remitirse actuados al Juzgado de origen.
Regístrese y hágase saber.
FDO.
M.sc. Olvis Eguez Oliva
Presidente de Sala Penal
Dr. Edwin Aguayo Arando
Magistrado de Sala Penal
M.Sc. Rommel Palacios Guereca
Secretario de Sala Penal
- Encabezado
- I. DATOS GENERALES
- II. ARGUMENTOS DE LA EXCEPCIÓN DE EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR ACUERDO TRANSACCIONAL
- IV. No está permitida la conciliación en procesos que sea parte el Estado, en delitos de corrupción, narcotráfico, que atenten contra la seguridad e integridad del Estado y que atenten contra la vida, la integridad física, psicológica y sexual de las
- POR TANTO
