III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente alega que el Tribunal de Sentencia no valoró de manera objetiva la prueba documental MP-2 consistente en la declaración de la víctima, que no fue sometida al principio de inmediatez, MP-9, MP-10 y MP-11 relativas a la declaración informativa en las que todas señalan que no vieron quien agredió sexualmente a la víctima, por lo que no actuó bajo las reglas de la sana crítica, ya que no consideró la experiencia, conocimiento, entendimiento y lógico como elementos de la sana crítica; además, alude que los fundamentos esgrimidos en la Sentencia son forzados, sin fundamentar el dolo al momento de declarar la culpabilidad del imputado; asimismo, refiere que el Tribunal de Alzada distorsionó lo reclamado en apelación restringida; por lo que, al confirmar la Sentencia vulneró el debido proceso y derecho a la defensa; asimismo, se limitó a transcribir lo dispuesto por la Sentencia, sin realizar un análisis minucioso de los defectos en los que incurrió la resolución apelada, invocando como precedentes contradictorios los Autos Supremos 251/2005 de 22 de julio, 384/2005 de 26 de septiembre y 41/2017-RRC de 24 de enero.
Alega que en apelación restringida denunció que la Sentencia incurre en el defecto establecido en el núm. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP), inobservancia y errónea aplicación de la Ley Sustantiva, respecto al tipo penal de Abuso Sexual establecido en el art. 312 del CP, aludiendo que no existe el elemento de acción, invocando como precedente contradictorio el Auto Supremo 68/2005 de 10 de marzo.
