II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia de 7 de julio de 2016 (fs. 355-363), el Juzgado de Sentencia Primero de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Pastor Mitma Choquecallata autor de la comisión del delito de Lesiones Leves, tipificado por el art. 271 del CP, imponiendo la pena de un año de trabajos comunitarios a cumplir en el Municipio de Quillacollo, a razón de seis horas máximo por semana en horas hábiles; con costas, más el pago de daños y perjuicios a favor de la parte civil.
II.2. Apelación restringida.
Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs. 365-369 vta.), resuelto por Auto de Vista 291/2021 de 16 de agosto, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declarándolo improcedente confirmando la Sentencia impugnada.
