AS/1456/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1456/2023-RA

Fecha: 06-Oct-2023

III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente refiere que formuló apelación restringida con base a los defectos previstos en el art. 370 nums. 1), 5) y 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP), relativos a la inobservancia y errónea aplicación de la Ley sustantiva, que no exista fundamentación de la Sentencia o sea insuficiente o contradictoria y que se haya basado en hechos inexistentes o no acreditados, o valoración defectuosa de la prueba; sin embargo, el Tribunal de alzada si bien respondió a cada agravio bajo el argumento del art. 173 del CPP, por su importancia debió aplicarse en todo momento procesal por constituirse en garantía de la correcta administración de justicia en protección a derechos y garantías de las partes; también se refirió a la prueba MP6 ingresando a la prohibición establecida por el art. 122 de la Constitución Política del Estado (CPE); es decir, ingresó a la prohibición de la valoración de la prueba sin fundamentación alguna, “siendo así que el AS 562 de 1 de octubre de 2004 establece: Además en ningún fallo pude omitirse la fundamentación del mismo, no pudiendo ser reemplazados por la simple narración de los documentos de la o la mención de los argumentos de las partes”. (sic).

Como precedentes contradictorios invoca los Autos Supremos 193/2013 de 11 de julio, 237 de 7 de marzo de 2007, 217/2014-RRC de 4 de junio y 504/2007 de 11 de octubre, así como las Sentencias Constitucionales 1401/2003-R de 26 de septiembre, 0340/2016-S2 de 8 de abril, 1846/2004-R de 30 de noviembre, 1173/2005-R de 26 de septiembre, 1369/01-R de 19 de diciembre y 752/2002-R de 22 de junio.