ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
determinó que, el recurso de apelación restringida de Isabel Patricia Álvarez Pardo fue presentado de forma extemporánea teniendo en cuenta el cargo de presentación vía buzón judicial de 14 de julio de 2021, en relación al plazo que vencía el 13 de julio de la misma gestión; empero los Vocales no consideraron que en obrados cursa un memorial de apelación restringida presentado de forma conjunta con la otra víctima que cuenta con su firma y que se encontraba dentro del plazo previsto por Ley que no fue considerado, lesionando el derecho a la doble instancia y acceso a la justicia, pues se aplicó de forma errónea la caducidad del plazo de presentación, al no considerar el primer memorial de apelación restringida; incurriendo en una causal de nulidad absoluta conforme lo establece el art. 169 núm. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP).
Sostienen que, se incumplió con el Auto Supremo 192 de 27 de abril de 2010, debido a que la Sentencia fue notificada a los 8 días de culminado el juicio, contraviniendo el fallo que establece como plazo máximo de 3 días para la lectura íntegra de la Sentencia conforme lo establece el art. 361 del CPP, plazo que según el recurrente debe notificarse con la Sentencia, y su incumplimiento lesiona el principio de continuidad procesal, de inmediación, de oportunidad. Estos aspectos fueron reclamados en su recurso de apelación restringida; sin embargo, el Auto de Vista omitió pronunciarse respecto a este agravio, pues afirmó que las partes quedaron notificadas en audiencia de juicio oral, desmereciendo la necesidad de la entrega de la copia, incurriendo así en un defecto que fue convalidado por el de alzada, lesionando los derechos a la doble instancia y tutela judicial efectiva.
Exponen que, el Auto de vista violó el AS 40/2012 de 29 de marzo, debido a que refirió que su capacidad legal se rige a establecer la efectividad del procedimiento y su aplicación de logicidad y coherencia de la Sentencia; sin embargo, según las recurrentes no existe lógica cuando se tiene identificada a una persona que ha cometido un delito y que esta perjudicando a las víctimas.
