III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
El Auto de Vista impugnado, sin fundamento explicativo razonable, agrava la errónea aplicación de la ley sustantiva en relación a la fijación judicial de la pena, puesto que, por la Sentencia condenatoria se impuso la pena privativa de libertad de trece años modificada arbitrariamente a quince años, cuando el Juzgado de Sentencia refirió que, el imputado no cuenta con antecedentes penales anteriores; por lo que, la pena impuesta carece de fundamentación respecto a su proporcionalidad, sin hacer referencia a las agravantes y atenuantes.
Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 99 de 24 de marzo de 2005, 507/2015-RRC de 11 de octubre y 109/2010 de 29 de abril.
