III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Previa relación de antecedentes procesales, refiriéndose al recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público y la contestación que interpuso en su contra, la recurrente acusa que el Tribunal de alzada emitió una Resolución con carencia de fundamentación, contradictoria y arbitraria en relación a la fijación de la pena, por cuanto la simple expresión no puede suplir la fundamentación a la que estaba compelido, más aún cuando no se aplicó a su favor el principio de favorabilidad por su condición de mujer extranjera, aspectos que contrariamente fueron considerados por el Tribunal de mérito, constituyéndose este hecho en una flagrante vulneración a la garantía del debido proceso en su elemento fundamentación y motivación.
Respecto al punto invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremo 50 de 27 de enero de 2007, 268 de 25 de abril de 2019 y 99 de 24 de marzo de 2005.
