II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 27/2020 de 19 de octubre (fs. 736 a 745), el Tribunal de Sentencia Octavo del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Angélica Callisaya Quisbert, autora de la comisión de los delitos de Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 335, 337 del (CP), imponiendo la pena de 3 años y 6 meses de reclusión en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes y multa de cien días a razón de Bs. 100.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Angélica Callisaya Quisbert, formuló recurso de apelación restringida (fs. 749 a 757 vta.), resuelto por Auto de Vista 71/2022 de 26 de agosto, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
