POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución contenida en el artículo 184 -1 de la CPE y el artículo 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial N° 025, en virtud de los fundamentos expuestos, declara INFUNDADO recurso de casación de fs. 509 a 511, interpuesto por la Empresa American Printer SRL, representada por Gabriel Melgarejo Rocabado; en consecuencia, mantiene firme y subsistente el Auto de Vista Nº 045/2023 de 1 de marzo, de fs. 503 a 507, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba. Con costas.
Se regula el honorario profesional del abogado patrocinante en Bs.- 2000, que mandará a pagar el Juez de primera instancia.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
