CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Kathia Emily Suárez Ballivian por memorial que discurre de fs. 43 a 46 vta., subsanado a fs. 55, promovió el proceso ordinario de usucapión decenal o extraordinaria en contra de Antonio José Ortiz Aguilera y Nancy Gutiérrez Anglarill; quienes una vez citados, el primero se apersonó al proceso contestando de manera negativa a la demanda y formulando excepciones de litispendencia, improponibilidad de la demanda, impersonería de la parte demandante o impersonería de su apoderada o apoderado y de demanda interpuesta antes de ocurrido el vencimiento del término o el cumplimiento de la condición, además de reconvenir la misma; la última por escrito a fs. 106 se apersonó y solicitó saneamiento procesal; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 211/2022, de 30 de septiembre, saliente de fs. 390 a 395, donde la Juez Público, Civil y Comercial 11° de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, declaro IMPROBADA la demanda principal.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Antonio José Ortiz Aguilera, mediante memorial cursante de fs. 440 a 443; y de fs. 447 a 449 por Nancy Gutiérrez Anglarill, originó que la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 140/2023, de 23 de abril, visible de fs. 467 a 472, que CONFIRMÓ totalmente la Sentencia apelada, con costas a ambos apelantes.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por la empresa unipersonal Constructora Ortiz representada por su propietario Antonio José Ortiz Aguilera, según escrito visible de fs. 487 a 490; y por Nancy Gutiérrez Anglarill de fs. 492 a 495, recursos que son objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
