CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. Edwin Calle Pinto por memorial de fs. 40 a 45 inició proceso ordinario de resolución de contrato más pago de daños y perjuicios contra la Sociedad Comercial Toyosa S.A., representada legalmente por Rafael Hernán Vargas Ribera, una vez citada, la sociedad mediante su representante respondió de forma negativa a la demanda y opuso demanda reconvencional de fs. 107 a 110; desarrollándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 85/2022 de 20 de abril, visible de fs. 283 vta. a 289 vta., en la que la Juez Público Civil y Comercial 20° de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, declaró PROBADA en parte la demanda principal, IMPROBADA en cuanto al pago de daños y perjuicios, e IMPROBADA la demanda reconvencional, declarando resuelto el contrato y disponiéndose el cambio del vehículo motorizado por otro con similares características técnicas en favor del demandante en un plazo de 10 días, contados desde la ejecutoria de la resolución.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por la Sociedad Comercial Toyosa S.A., representada legalmente por Raúl Hernando Gutiérrez Balcázar, según memorial de fs. 293 a 297 dio lugar a que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 65/2023 de 06 de julio, visible de fs. 308 a 313, que REVOCÓ en parte la Sentencia impugnada.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por la Sociedad Comercial Toyosa S.A., representada legalmente por Raúl Hernando Gutiérrez Balcázar, según escrito de fs. 316 a 321 vta.; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
