AS/1127/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1127/2023-RA

Fecha: 14-Nov-2023

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Félix Osbaldo Mallcu Mamani, mediante memorial que corre de fs. 48 a 50 vta., promovió demanda ordinaria de reivindicación, contra Claudia Cala Ossio, quien una vez citada, por escrito que discurre de fs. 106 a 113, subsanado de fs. 123 a 125, contestó de forma negativa e interpuso demanda reconvencional de usucapión decenal o extraordinaria, esta última que por duplica, implicó que el actor principal, por memorial de fs. 129 a 133 vta., responda negativamente y oponga excepciones de demanda defectuosa, de improponibilidad subjetiva, de falta de acción y derecho, medios de defensa procesal, que fueron desestimados por el Auto de 12 de junio de 2023, que sale de fs. 178 a 182 vta.; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia Nº 028/2023, de 10 de julio, que discurre de fs. 260 a 279, complementada por el auto de 24 de julio de 2023, saliente a fs. 290 y vta., en la cual, el Juez Público Civil y Comercial 10º de Oruro, declaró IMPROBADA la demanda de reivindicación planteada por Félix Osbaldo Mallcu Mamani y PROBADA la demanda reconvencional de usucapión decenal o extraordinaria propuesta por Claudia Cala Ossio.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Félix Osbaldo Mallcu Mamani, según memorial de fs. 282 a 289 vta., originó que la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emita el Auto de Vista Nº 421/2023, de 03 de octubre, corriente de fs. 318 a 333 vta., que CONFIRMÓ la Sentencia Nº 028/2023, de 10 de julio, que discurre de fs. 260 a 279, complementada por el auto de 24 de julio de 2023, saliente a fs. 290 y vta.

3. Fallo de segundo grado recurrido en casación por Félix Osbaldo Mallcu Mamani, según consta del escrito de fs. 335 a 341 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.