AS/1182/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1182/2023-RA

Fecha: 28-Nov-2023

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. La entidad Seguros y Reaseguros UNIVIDA S.A., representada legalmente por Mael Luxem Burgoa Rosso, por memorial que cursa de fs. 201 a 204 vta., ratificado de fs. 208 a 212, subsanado de fs. 216 a 217, interpuso demanda de repetición de pago de sanción contra Britha Cecilia Funes Martínez; quien una vez citada, mediante escrito cursante de fs. 330 a 341 vta., contestó de forma negativa a la demanda e interpuso excepciones previas de incompetencia de la autoridad judicial, demanda defectuosamente propuesta, trámite inadecuadamente dado o indebida acumulación de pretensiones y de prescripción; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia N° 230/2021 de 19 de julio, saliente de fs. 2413 a 2422, en la que la Juez Público Civil y Comercial 12° de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA en parte la demanda de repetición de pago de sanción, única y exclusivamente en el porcentaje correspondiente a las responsabilidades de la demandada, derivadas del incumplimiento de la cláusula séptima nums. 1, 5 y 6 del contrato de trabajo a plazo indefinido N° 26/2016, e IMPROBADA respecto al pago por repetición de la totalidad de la multa sancionada a “UNIDAD” S.A., por el Ministerio de Trabajo; condenando a la demandada al pago de daño moratorio, consistente en el interés legal de 6% sobre el monto que le corresponda resarcir.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por la entidad Seguros y Reaseguros UNIVIDA S.A. representado legalmente por Mael Luxem Burgoa Rosso, mediante memorial obrante de fs. 2425 a 2433 vta., dio lugar a que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista N° 611/2023 de 21 de agosto, corriente de fs. 2541 a 2551 vta., que REVOCÓ la Sentencia apelada y declaró PROBADA la demanda de repetición de pago por daño convencional, ordenando que la demandada en calidad de resarcimiento por daño convencional pague en favor de la entidad Seguros y Reaseguros UNIVIDA S.A., la multa impuesta por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social a dicha institución, suma de dinero que asciende a Bs. 77.578,40; condenando además al pago del interés legal de 6% anual, sobre la base del monto consignado.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Britha Cecilia Funes Martínez, según memorial obrante de fs. 2582 a 2591; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.