POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación cursante de fs. 578 a 582 interpuesto por Miguel Ramos Pinto contra el Auto de Vista N° 685/2023, de 04 de octubre, visible de fs. 563 a 571 vta., y su Auto complementario de 13 de octubre de 2023, saliente a fs. 574 y vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
