III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo 809/2023-RA de 4 de julio, corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo:
El recurrente alega que existe incongruencia omisiva respecto al agravio de defectuosa valoración probatoria, lo que es contradictorio con el Auto Supremo 152/2013-RRC de 31 de mayo, que ordena que, el Tribunal de Sentencia debe valorar adecuadamente todos los medios probatorios de forma individual y luego de forma conjunta y armónica; además de que, corresponde anular la Sentencia y ordenar el reenvío ya que, ese defecto absoluto es inconvalidable.
