II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 3/2022 de 21 de marzo (fs. 325 a 335), el Tribunal de Sentencia Penal de Uncía del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, en aplicación del principio iura novit curia, declaró a Aldair Cosme Huallpa, autor de la comisión del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del CP, imponiendo la pena de ocho años, con costas a favor del Estado y absuelto del delito de Violación en grado de Tentativa.
II.2. Apelación Restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado Aldair Cosme Huallpa formuló recurso de apelación restringida (fs. 351 a 354); resuelto por el Auto de Vista 58/2023 de 23 de agosto (fs. 370 a 371 vta.), emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que declaró improcedente el recurso, confirmando la Sentencia.
