II. ANTECEDENTES
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 31/2023 de 28 de mayo, a fs. 61-69, el Juzgado de Sentencia Sexto del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Ramiro Condori Espíndola, Fermín Mareño Paraguayo, Adela Daga Colque y Samuel Mamani Condori autores y culpables en la comisión del delito de Tráfico, calificado según el art. 48 en relación al art. 33 inc. m) de la L1008, imponiendo penas entre diez y doce años de privación de libertad y multa de 10.000 días multa a razón de 010 ctvs., por día.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Ramiro Condori Espíndola, a fs. 80-85, y, Adela Daga Colque, a fs. 87-92 vta., formularon recursos de apelación restringida, que, puestos a conocimiento de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, fueron declarados improcedentes por medio del Auto de Vista 066/2023 de 2 de octubre.
