II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 11/2022 de 3 de marzo (fs. 127 a 129 vta.), el Tribunal de Sentencia Primero en lo Penal de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Osvaldo Céspedes Veizaga, autor y culpable de la comisión del delito de Violación de Infante, Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis del CP, imponiendo la pena de 20 años de presidio.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el recurrente formuló recurso de apelación restringida (fs. 166 a 167); resuelto mediante el Auto de Vista 61 de 31 de mayo de 2023, que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia confirma en todos sus extremos la Sentencia apelada.
