ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 7/2016 de 5 de abril (fs. 232 a 242 vta.), el Juzgado de Sentencia Penal Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Fernando Cuevas Cuico y Mario Ferrel Montaño, autores y culpables de la comisión de los delitos de Despojo y Perturbación de la Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351 y 353 del CP, imponiendo la pena de 3 años de presidio.
II.2. Apelación restringida.
Contra la mencionada Sentencia, los imputados Mario Ferrel Montaño y Fernando Cuevas Cuico formularon recursos de apelación restringida (fs. 265 a 273 vta. y 281 a 291), resueltos por el Auto de Vista 077/2023 de 6 de julio de fs. 355 a 376, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedentes los recursos; en consecuencia, confirmó la sentencia apelada.
