AS/1971/2023-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1971/2023-RA

Fecha: 30-Nov-2023

MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente, previa relación de antecedentes manifiesta que el agravio sufrido por el Auto de Vista impugnado radica en su falta de fundamentación y motivación, así como su carácter contradictorio, pues cita a una persona ajena al proceso. Posteriormente cita de forma extensa parte del contenido del Auto de Vista impugnado en relación al agravio expuesto en apelación restringida sobre supuesta existencia del defecto de sentencia previsto en el art. 370 núm. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP), sobre la adecuación de su conducta al tipo penal de Estafa. Indica que el Auto de Vista carece de fundamentación y motivación, incurre en contradicciones y errores de fondo y forma, limitándose el Tribunal de Alzada, a copiar partes de la Sentencia. También señala que el Auto de Vista incurrió en incongruencia, ya que antes de resolver las cuestiones planteadas, consideró otras ajenas a lo discutido. Agrega que la víctima admitió que nunca le entregó dinero; sino, a Cristian Michel Montecinos, de tal forma la decisión del Auto de Vista resulta de hecho antes que de derecho, dejándole en incertidumbre.

Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 219/213 de 30 de julio, 354 de 16 de octubre, 123/2013 de 29 de abril y 423/2013 de 31 de septiembre.