II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 36/2017 de 27 de julio (fs. 354 a 360 vta.), el Tribunal de Sentencia Segundo de Yacuiba del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Luis Osvaldo Farías Herrera y Fridel Farías Herrera autores del delito de Encubrimiento en Suministro, previsto y sancionado por el art. 75 con relación al art. 51 de la Ley 1008, imponiendo la pena de cuatro años de presidio, más el pago de 500 días multa, con costas.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, los imputados Luis Osvaldo Farías Herrera y Fridel Farías Herrera formularon recurso de apelación restringida (fs. 364 a 372 vta.), que fue resuelto por Auto de Vista 41/2022 de 20 de octubre, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; que declaró “sin lugar” el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
